VELISARIO R. SANABRIA ACEVEDO

RESEÑA HISTÓRICA DE TUPE

RESEÑA HISTÓRICA DE TUPE

Las etnias de Tupe (T”up”i), fue invadido ferozmente por los bárbaros españoles,

capitaneado por los curas dominicos; treinta años después de la invasión española del Tahuantinsuyo de 1532. Es decir, el 24 de Agosto de 1562, con el nombre de “San Bartolomé” de Tupe, cuando era Virrey Diego López de Zuñiga (1560 - 1564), durante el proceso de la “reducción de indios”, indudablemente fue consolidada la invasión española, durante el virreinato de Francisco de Toledo, “Conde de Oropesa”; a través del Primer corregidor de Yauyos (Yawyu), Don Diego Dávila Briseño.

 

Algunos historiadores criollos, consideran erróneamente, que Tupe fue fundado en 1571.

Esta tesis es desmentida por la propia historia. Según “Dávila Briseño los primeros datos sobre el pueblo de Tupe. En el 1585 ya existía San Bartolomé de Tupe, el cual fue indudablemente creado por la reducción de grupos y Ayllus radicados en la parte alta de los cerros del actual pueblo de Tupe”. Es evidente entonces, que Diego Dávila Briseño no fundo “San Bartolomé” de Tupe.

 

Las etnias y Ayllus de Tupe, organizados en Markas, resistieron la invasión española

hasta el final y murieron luchando cientos de valientes Tupinos, contra las fuerzas del “Santo Oficio” fachada de la “santa inquisición”, armados con arcabuces, espada, la cruz y la “persuasión” de la región católica apostólica y Romana acusando de “gentiles” y “herejes” a los que no se sometía a la educación cristiana y obligados a hablar el castellano proviniendo hablar el Jaqaru y el Kawki quemando vivos en la hoguera a los que no se sometían al cristianismo, con el argumento “¡muerte al hereje!”. Así fueron sometidos nuestros valientes y valerosos ancestros de Jayas Marka. Lamentamos que es triste nuestra historia, pero es la verdad.

“TUPE CUNA Y CAPITAL DE LA LENGUA JAQARU”

JAYMARK JAQKUNA UJTARQAYMA UKHJMA

AK SHUMAY MARKANRU JAYRT’IRI

JAYLLTIRI UKSA

NARAYKIMAWA

JILATXI

AUTOR

© Velisario R. Sanabria Acevedo

[email protected]

© DERECHOS RESERVADOS

D. Leg. N° 822