Hace unos días, en el último texto sobre lenguaje, citábamos casos de leísmos, laísmos y loísmos. Hoy nos vamos a zambullir un poco más en este árido tema para profundizar en algunos casos de leísmo que son aceptados en el habla cotidiana.
Repasemos. Se llama leísmo al uso inapropiado de le(s) como complemento directo, cuando deberíamos utilizar «lo» o «la» (en femeninos y neutros exclusivamente y también en algunos masculinos), que son los pronombres personales átonos que corresponderían en estos casos.
«Le» y «les» son los pronombres que derivan del dativo latino que servía para expresar un complemento indirecto. Según las reglas del español culto, debería utilizarse siempre en estos casos sin importar el género del sustantivo al que haga referencia.
Ejemplo 1: «Conocí a un cirujano plástico a quien le conté mi problema».
Ejemplo 2: «Al despedirlos les di veinte pesos».
Aquellas situaciones en las que se utiliza «le» cuando correspondería el uso de los pronombres personales «lo» y «la» o sus respectivos plurales, se consideran casos de leísmos. De todas formas, como ya lo comentábamos en el artículo anterior, no siempre el leísmo es incorrecto: cuando se utiliza en reemplazo de «lo» en la presencia de sustantivos masculinos, no lo es, aunque si vamos a las reglas cultas del lenguaje, se desaconseja.
Ejemplo permitido: «Tu padre no era feliz. Nunca le vi alegre».
Ejemplo recomendado: «Tu padre no era feliz. Nunca lo vi alegre».
Pero es sumamente importante que recordemos que cuando hacemos alusión a un sustantivo inanimado el leísmo es incorrecto. Y el diccionario de la lengua española es absolutamente categórico en ello. Así como también nos recuerda que no es adecuado cuando se hace referencia a un ser animado de género femenino, pese a que suele utilizarse con muchísima normalidad.
¿Por qué surgió el leísmo?
Una de las cosas que más me interesan del lenguaje son las incorrecciones, porque me llevan a pensar en las causas que las motivaron. ¿Por qué razón de pronto un uso antietimológico se vuelve popular? Generalmente es debido a la mezcla idiomática por la influencia de otras lenguas. En el caso del leísmo, su formación es antiquísima. Tenemos que viajar a la Castilla de la Edad Media para encontrar sus orígenes: una época de profundos cambios para el castellano, lengua que comenzó a evolucionar de forma diferente que otras también de origen latino.
En el caso del leísmo, la tendencia de los castellanos fue basarse no ya en la declinación latina, que sugiriera la necesidad de un pronombre átono o un complemento directo en función de las funciones gramaticales de la partícula, sino en el género del sustantivo que acompañasen («la» y «lo») y en si se trataba de un ser animado o inanimado («la»/ «lo» y «le»), respectivamente.
Si bien el leísmo se documenta ya en textos de la época Medieval, recién en el siglo XIII se extendió fuera de Castilla, llegando a las regiones de la periferia. No obstante, es un uso que no llegó a recalar en las regiones extra peninsulares, como Hispanoamérica y Canarias. Esto provocó una división en los hispanohablantes, los que sí comenten leísmo (área central y noroccidental de Castilla) y otra no leísta (Latinoamérica y Canarias), aunque hay excepciones en ciertas regiones de estos dos grupos. De hecho, se han documentado casos de leísmo en las regiones que se consideran no leístas y viceversa.
Excepciones aceptadas
El lenguaje, lejos de ser un sistema estático, va sufriendo transformaciones a lo largo del tiempo para adaptarse al uso que de él se hace en la lengua coloquial. En el tema del leísmo existen dos tipos de verbos que representan las excepciones más difundidas y aceptadas en las regiones hispanohablantes.
* Verbos de afección psíquica. Permiten el uso de los pronombres en función de si el sujeto es agente activo de la acción o no, y también dependiendo de cuál sea su grado de voluntariedad. A su vez, cuando el sujeto es animado y es el agente de la acción se utilizará el complemento directo; en cambio, si es inanimado o si se trata de una oración, el complemento será indirecto por lo que no se aceptan los pronombres del acusativo.
Cabe mencionar que los verbos de afección psicológica son aquellos que involucran procesos emocionales o que afectan el ánimo del sujeto de la oración. Véase: molestar, asustar, asombrar, impresionar, preocupar, divertir, entre otros.
Ejemplo 1: «A mi madre la asombro cuando como mucho».
Ejemplo 2: «A mi madre le asombra mi apetito».
* Verbos de influencia. Se caracterizan por expresar acciones que hacen referencia a la influencia sobre una persona para que realice un determinado acto. Véase: autorizar, permitir, ordenar, animar, entre otros.
En estos casos la estructura se compone por el verbo al que le sigue el complemento de persona y el verbo subordinado en infinitivo (responde a la acción que deberá realizar). Es importante señalar que en algunos casos el complemento de persona es indirecto (con los verbos prohibir, permitir, proponer; entre otros), y en otros casos, directo (con los verbos de influencia que van acompañados de una preposición: obligar a, convencer de, invitar a, etc).
Ejemplo 1: «Le permití salir antes porque se había portado bien».
Ejemplo 2: «Ella lo incitó a seguirla».
Existen otros verbos contemplados en las excepciones de leísmos, pero por ahora lo dejaremos aquí. No se olviden de visitar nuestro Taller Literario donde podrán encontrar más información respecto de estos interesantes temas.
Comentarios1
No puedo estar más de acuerdo cuando comentas que vas a hablar de este árido tema ;). Estudiadas las excepciones. Un abrazo y buen día, Tes.
Debes estar registrad@ para poder comentar. Inicia sesión o Regístrate.